Los abuelos y la custodia compartida

Tanto el padre como la madre viven con los abuelos

Los abuelos son un buen apoyo a la hora de criar a un niño. Así lo ha determinado la Audiencia Provincial de Badajoz, que ha tenido en cuenta el apoyo que los abuelos da a un padre para concederle la custodia compartida.

Los abuelos pueden ayudar a los padres. Más todavía si son primerizos o, como los protagonistas de esta sentencia, son padres casi adolescentes.

A pesar de que el Juzgado de Primera Instancia había aprobado un régimen de custodia compartida por turnos semanales, la madre no estaba conforme. Por eso, pidió la revocación de la sentencia, solicitando una constancia monoparental a su favor. Argumentaba para ello que los responsables del cuidado del menor eran los abuelos paternos.

La Audiencia rechaza esta argumentación

El Tribunal ha hecho hincapié en que los abuelos no pueden hacer la función de los padres. No obstante, también matiza que sí pueden ser unos extraordinarios. Más en el caso de la sentencia, dada la juventud de los padres.

Así, la sentencia señala que precisamente en este caso concreto la disponibilidad de los abuelos es un punto a favor. Y es que, si los abuelos pueden suponer un apoyo familiar fundamental en situaciones normales, más importancia cobran todavía en los momentos difíciles. No solo cuidan de los nietos, sino que preservan su estabilidad emocional.

La madre vive la misma situación

Además, en este caso concreto no es que sean los abuelos los únicos que cuiden al menor. No así, aunque el padre depende de ellos a nivel económico, puesto que vive con ellos, se hace cargo del niño. También añaden que esta situación es la misma que vive la madre, que reside con sus propios padres.

Por tanto, ambos entornos familiares son propicios y positivos. En ambos entornos los abuelos ofrecen una estabilidad económica y afectiva que resulta beneficiosa para el menor.

Ha de tenerse en cuenta, además, que el padre es autónomo y cuenta con una flexibilidad horaria que le facilita conciliar mejor su vida familiar.

En definitiva, concluye el Tribunal, en la medida en que el padre no ha abandonado sus obligaciones como progenitor, puede tener la custodia compartida.

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