La Seguridad Social gana el juicio contra Deliveroo
No son autónomos, sino que trabajan por cuenta ajena. Así lo ha establecido un juez acerca de los riders de Deliveroo. Deben estar dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, y la empresa debe cotizar por ellos.
Un juez ha dictado una nueva sentencia a favor de los repartidores de Deliveroo. No obstante, no es el primero, ya que se van acumulando, unas a favor y otras en contra de los trabajadores. Esta, eso sí, se considera especial. Y es que se trata de un macrojuicio, en el que la parte demandante es la mismísima Seguridad Social.
La Seguridad Social había demandado a Deliveroo. Todo comenzó con el análisis de un periodo, el que va desde octubre de 2015 hasta junio de 2017. En ese momento, se puso en duda la situación laboral de 532 repartidores en bicicleta en Madrid, por lo que se reclamaba a la empresa 1,2 millones de euros. Con eso, querían satisfacer las cotizaciones no satisfechas en ese periodo.
La justicia da la razón a la Seguridad Social
La sentencia proviene del Juzgado de lo Social número 19 de Madrid. Así, ha dado la razón a la Seguridad Social, al tiempo que declaraba que los trabajadores de Deliveroo «estaban sujetos a una relación laboral con la sociedad demandada en el tiempo en que prestaron sus servicios». Así se indica en la sentencia. Por eso, la empresa ahora tendrá que darles de alta y cotizar por sus empleados.
No obstante, esta decisión no es definitiva. Y es que se trata de un fallo contra el que cabe recurso, eso sí, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Deliveroo ya ha anunciado que recurrirá, puesto que considera que no se trata de una relación laboral, sino de «colaboraciones».
Con esta sentencia se pone fin a un proceso iniciado el pasado 31 de mayo. Durante más de 8 horas de sesión se citó a declarar a muchos repartidores de Deliveroo que actuaban como «colaboradores», en palabras de la empresa. La mayoría se posicionó a favor de la demanda.
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