Nunca dejes de pagar el alquiler
La ley es muy clara sobre lo que ocurre si dejas de pagar el alquiler. En la Ley de Arrendamientos Urbanos queda plasmado que es una de las obligaciones fundamentales del inquilino.
En el artículo 27.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos se detallan las obligaciones, así como qué pasaría en caso de que se incumplan:
«2. Además, el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las siguientes causas:
La falta de pago de la renta o, en su caso; de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendamiento.
La falta de pago del importe de la fianza o de su actualización.
El subarriendo o la cesión inconsentidos.
La realización de daños causados dolosamente en la finca o de obras no consentidas por el arrendador cuando el consentimiento de éste sea necesario.
Cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
Cuando la vivienda deje de estar destinada de forma primordial a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario o de quien efectivamente la viniera ocupando de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.»
¿Qué pasa si dejo de pagar el alquiler?
En resumen: si alguien deja de pagar el alquiler, la primera posibilidad es que el contrato quede finalizado. En ese momento, o bien el arrendatario desaloja el piso, o le podrán interponer una demanda de desahucio.
Esto es así independientemente del motivo por el que se haya dejado de pagar la renta. Y es que se puede deber a muchos motivos:
Cuando el arrendador incumple algún punto del contrato, a menudo optan por dejar de pagar.
Si, simplemente, no pueden pagar el alquiler.
A menudo se ve a inquilinos que no quieren pagar la renta.
Hay, así , múltiples motivos por los que se puede llegar a este punto.
Las consecuencias
Cuando un inquilino deja de pagar el alquiler, está incumpliendo el contrato de arrendamiento. No hace falta que la cláusula esté expresamente incluida en el contrato, puesto que la propia ley lo establece.
Por lo tanto, dejar de pagar la renta da opción al arrendador a dar por terminado el contrato de alquiler.
No obstante, aún tendrán que ser ambas partes las que estén de acuerdo en finalizar el contrato. Igualmente, es conveniente que quede firmado un documento entre ambas partes, dando por resuelto el contrato. Si además se quiere dejar constancia de la deuda existente a la fecha de finalización del contrato se puede utilizar este modelo de resolución de contrato con reconocimiento de deuda.
En caso de que no haya acuerdo entre las partes, no se dará por finalizado. Aunque no se siga abonando el alquiler. En estos casos el arrendador tendrá que acudir a la justicia para que sea un juez el que establezca que el contrato ha finalizado y, en su caso, ordene que se desaloje el inmueble. Para ello es necesario que el arrendador interponga una demanda de desahucio.
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