¡Al menos 1000 euros por hijo/a a cargo nacido a partir del 2007!

Aprobada una prestación de al menos 1.000 euros en el caso de progenitores que tengan un hijo nacido a partir de 16 de noviembre de 2007.

 

¿Eres padre/madre de un hijo nacido a partir del 16 de noviembre de 2007?

¡¡Atento!! ¡Porque esto te interesa!

 

 

¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir?

Para tener derecho al cobro de esta prestación, es necesario que el beneficiario/a cumpla una serie de requisitos:

 

  • Ser familia numerosa, monoparental o que alguno de los progenitores padezca una discapacidad igual o superior al 65%.
  • Tener al menos un hijo nacido en España a partir del 16 de noviembre de 2007.
  • Residir legalmente en territorio español.
  • No percibir ingresos anuales superiores a la cuantía que anualmente se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

 

 

¿Cuál es el importe de la prestación por hijo?

  • Consistirá en un pago único de 1000 euros, incrementado en un 15% por cada hijo/a a cargo a partir del segundo, éste incluido.

 

 

¿Es compatible con otras prestaciones?

Sí, se puede solicitar a pesar de que estés percibiendo:

 

 

¿Cuáles son sus incompatibilidades?

  • Cuando concurran en ambos progenitores o adoptantes las circunstancias necesarias para tener la condición de beneficiarios, el derecho a percibir la prestación sólo podrá ser reconocido en favor de uno de ellos.
  • La percepción, por parte de los progenitores o adoptantes, de cualquier otra prestación análoga establecida en los restantes regímenes públicos de protección social (MUFACE, ISFAS, MUGEJU…).

 

 

Somos líderes en este tipo de reclamaciones. Tenemos una experiencia acreditada de más de 25 años y estaremos encantados de poder ayudaros

En Bufete Prolegue contamos con un equipo de abogados y asesores expertos en la materia que os apoyarán y asesorarán durante todo el proceso, desde la presentación de la solicitud, la tramitación del expediente, hasta la concesión de la prestación. No dudes en consultarnos para poder tramitar esta prestación.

¡No lo dudes! ¡Llámanos!

 

 

Patricia Abella Ramos

Abogada

Bufete Prolegue, S.L.

 

 

 

Foto: cope.es

 

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