Periodo de prueba en un contrato indefinido

Periodo de prueba en un contrato indefinido

¿Cuánto dura el periodo de prueba de un contrato indefinido?

Periodo de prueba en un contrato indefinido

Firmar un contrato indefinido siempre está bien. Sobre todo cuando lo haces con la ilusión de pensar que va a ser un trabajo para mucho tiempo. Lo que algunos olvidan es que también incluye un periodo de prueba. El periodo de prueba de los contratos indefinidos está regulado en el Estatuto de los Trabajadores. Así, dice en su artículo 14:

«Podrá concertarse por escrito un periodo de prueba, con sujeción a los límites de duración que, en su caso, se establezcan en los convenios colectivos. En defecto de pacto en convenio, la duración del periodo de prueba no podrá exceder de seis meses para los técnicos titulados, ni de dos meses para los demás trabajadores. En las empresas de menos de veinticinco trabajadores el periodo de prueba no podrá exceder de tres meses para los trabajadores que no sean técnicos titulados».

Pero ¿es obligatorio el periodo de prueba? La respuesta es no. Lo que estipula el Estatuto de los Trabajadores es la duración máxima del periodo de prueba, no su obligatoriedad. Por tanto, será la empresa quien decida si hay o no hay tal periodo.

¿Qué es el periodo de prueba?

El periodo de prueba es un margen de tiempo en el que tanto en trabajador como la empresa podrán establecer la idoneidad del empleado para el puesto.

En el Estatuto de los Trabajadores se recogen los requisitos a los que se deben acoger empleados y empresas a la hora de realizarlo.

Siempre debe constar por escrito en el contrato su duración. Y es que, como decíamos, será la empresa quien determine cuánto tiempo durará. No obstante, se suelen regir por lo establecido en los convenios colectivos. La ley establece, eso sí, sus duraciones máximas.

Así, el tiempo de prueba no superará los 6 meses para los técnicos titulados cuando se trate de un contrato indefinido.

En el caso del resto de trabajadores, este plazo no podrá superar en ningún caso los 2 meses.

Si se trata de un contrato indefinido de apoyo a los emprendedores, este será siempre de un año independientemente de la titulación del nuevo empleado.

Si el contrato se realiza en una empresa de menos de 25 trabajadores, la prueba no podrá exceder nunca de los 3 meses para aquellos trabajadores que no sean técnicos titulados.

Por su parte, los contratos temporales de duración determinada están regulados por el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores. En él se recoge que este periodo no podrá superar el mes a no ser que se dicte lo contrario en el convenio colectivo.

¿Cuáles son los derechos del trabajador durante este periodo?

Más allá de la duración de este periodo o del tipo de contrato firmado, los derechos y obligaciones del empleado serán los mismos que los del resto de trabajadores. Además, el tiempo trabajado contará como cotizado de cara a la jubilación.

En el caso de que durante el periodo de prueba haya una incapacidad temporal, este periodo se paralizaría. Una vez el empleado se reincorpore a su puesto, se reanudaría. Por otra parte, no se podrá exigir un periodo de pruebas a una persona que ya haya realizado las funciones del nuevo puesto en la misma empresa sea cual sea la modalidad de contrato en la que se encontraba cuando desempeñó estas tareas.

Finalización del contrato

Si antes de que finalice el periodo de pruebas alguna de las partes decide rescindir el contrato, podrán hacerlo en cualquier momento. No es necesario dar un preaviso, sea quien sea quien tome esa decisión. Tampoco es necesario alegar ninguna causa para el despido o abandono del puesto de trabajo.

Cuando es el trabajador el que opta por la baja voluntaria, no tendrá derecho a indemnización ni tampoco a cobrar el paro. La empresa, por su parte, deberá pagar al ex empleado el salario correspondiente a los días en los que ha estado trabajando.

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