Se extiende la moratoria de hipotecas, alquileres y suministros
El pasado lunes se publicó en el BOE la prórroga de hipotecas, alquileres y suministros (luz, agua y gas) que se extenderá hasta el próximo 30 de septiembre.
Así lo establece el Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio donde se fijan las medidas para solventar la crisis económica generada por el coronavirus, en el sector de la vivienda y del transporte.
¿En qué consiste esta norma?
Con la finalidad de hacer frente a la crisis económica generada por la pandemia mundial, se reactivará la economía a través de estas medidas, para ayudar a las personas con problemas económicos.
No obstante, esta norma se divide en tres partes: hipotecas, alquileres y suministros.
Por otra parte, aunque estas ayudas ya se plantearon durante la crisis sanitaria, se extenderá la moratoria de hipoteca, alquileres y suministros algunos meses después de la finalización del estado de alarma.
Novedades en las hipotecas
Como hemos dicho anteriormente, se podrá solicitar la moratoria en el pago de las hipotecas hasta el 29 de septiembre. La duración será de tres meses.
Además, cuando se ha aprobado la moratoria, quedará registrada tanto la solicitud como la duración de la misma. Será la entidad bancaria pertinente la que lo comunique al Banco de España.
Por otra parte, durante el periodo de suspensión no se cobrarán los intereses. Cuando se suspenda, hay que formalizar la acción en el Registro de la Propiedad.
Aplazamiento en el alquiler
En cuanto a la prórroga de los contratos de alquiler, podrá hacerse la solicitud hasta el 30 de septiembre. La duración será de 6 meses y se tendrán las mismas condiciones que se pactaron desde el principio.
Por otro lado, habrá una prórroga extraordinaria de 6 meses que se podrá solicitar para aquellos contratos pertenecientes a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, donde finalice el periodo de prórroga obligatoria o tácita desde el 9 de julio hasta el 30 de septiembre.
Durante esos meses seguirán las mismas condiciones que están reflejadas en el contrato actual. Este tipo de prórroga tendrá que aprobarla el arrendador.
¿Qué ocurre con los suministros?
En el caso de los suministros (luz, gas y agua) se prolonga hasta septiembre la prohibición de suspender dichos suministros en ningún domicilio considerado como primera vivienda.
Según informa 20 minutos, hasta el 30 de septiembre no podrán cortar estos suministros, aunque exista esta posibilidad en los contratos de suministro o acceso suscrito por los consumidores.
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