¿Cuánto tardan los juzgados en admitir a trámite una demanda de IRPH?

Los juzgados pueden convertirse en un embudo para el usuario. En algunos casos, han pasado más de 700 días en admitir a trámite una demanda.

Los demandantes llevan la razón en el 90% de los casos, pero… ¿Por qué hay tantos retrasos para admitir a trámite estas demandas?

Si el 15 de marzo de 2022, Día Mundial de los Derechos del Consumidor, has formulado una demanda solicitando la nulidad de una cláusula suelo, has interpuesto la habitual demanda peticionando la nulidad de la cláusula de gastos de constitución de hipoteca o has optado por aventurarte a reclamar en sede judicial la nulidad de la cláusula IRPH prevista en el contrato de préstamo hipotecario suscrito hace años por uno de tus clientes, ¿cuándo crees que se admitirá a trámite? ¿Sabes de antemano cuánto tiempo de media tarda ese juzgado competente en admitir a trámite tu demanda? ¿Cuál es el juzgado más rápido de nuestro país? ¿Y el más lento? Veamos.

 

El juzgado especializado que más días tarda en admitir a trámite una reclamación formulada por un usuario de banca es el de A Coruña, con 729 días

Según los datos facilitados por la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), a modo de ejemplo, en este momento, en el juzgado especializado en cláusulas abusivas de Madrid se están admitiendo a trámite demandas presentadas en el año 2018. De tal modo, como es sabido, tras este primer paso, tendremos que esperar, como mínimo, otros tres años para que nuestro cliente pueda leer su sentencia dictada en primera instancia.

Tras ello, si el fallo resulta estimatorio para los intereses de nuestro cliente, lo más común es que el banco recurra y tengamos que sumar entre uno o dos años más a nuestro particular recorrido en sede judicial.

 

Admisión a trámite: desde el juzgado más lento hasta el más rápido

El tiempo máximo que un expediente ha tardado en ser admitido a trámite en España es de 1.697 días y el órgano judicial “protagonista” fue el Juzgado de Primera Instancia n.º 101 Bis de Madrid.

Pese a lo anterior, en la actualidad, según los datos facilitados por Asufin, el juzgado especializado que más días tarda en admitir a trámite una reclamación formulada por un usuario de banca es el de A Coruña, con 729 días, seguido muy de cerca por el de Madrid, con 722 y el de Barcelona con 706.

 

¿Cuáles son las provincias más lentas?

En el “top 10” de provincias que mayor tiempo se demoran en admitir a trámite este tipo de demandas de cláusula suelo, gastos hipotecarios e hipotecas referenciadas al IRPH deberíamos añadir, a las tres anteriores, los juzgados de Málaga (con 686 días), Alicante (con 429 días), Pontevedra (con 421 días), Toledo (con 410 días), Badajoz (con 360 días), Lanzarote (con 352 días) y Cádiz (con 337 días).

No obstante, en la otra cara de la moneda, si el juzgado competente de tu próximo asunto en materia bancario está entre los siguientes que detallamos, estás de enhorabuena, ya que el mismo se encuentra entre aquellos órganos judiciales más ágiles de nuestro país a la hora de admitir a trámite. En particular, el “top 5” lo podríamos situar entre los juzgados especializados de Asturias (con 5 días de media), Burgos y Orense (con 14 días), Lleida (con 21 días) y Granada (con 34 días).

 

Mientras tanto, el CGPJ cierra juzgados especializados

Pese a lo descrito en líneas anteriores, a finales del pasado año, el Consejo General del Poder Judicial anunció el cierre de hasta 20 juzgados especializados en cláusulas abusivas durante el presente ejercicio de 2022.

En concreto, a finales de 2020, en nueve provincias españolas (Ávila, Soria, Segovia, Lugo, Ourense, Huesca, Zaragoza, Teruel y La Rioja) se acordó el cese en la especialización. Bajo un idéntico guion, en el presente ejercicio, como adelantábamos, otros 20 órganos (en A Coruña, Albacete, Almería, Córdoba, Cuenca, Girona, Granada, Guadalajara, Huelva, Jaén, Lleida, Palencia, Pontevedra, Salamanca, Tarragona y Zamora; así como en las islas de Ibiza, Lanzarote, Gran Canaria y Fuerteventura) se llevará a cabo esa misma estrategia. Por tanto, en todas ellas, cuando entre un asunto en materia hipotecaria se repartirá entre sus juzgados de primera instancia.

 

Los consumidores llevan la razón en el 90% de los casos

Entonces, ¿cómo casan ambas informaciones? ¿Cómo es posible que, por un lado, anunciemos el colapso de distintos juzgados especializados y, por otro, se apueste por cerrar esos mismos órganos judiciales?

En palabras de Patricia Suárez Ramírez, presidenta de Asufin, “el cierre anunciado no significa que la litigiosidad bancaria se haya encauzado de manera adecuada. La prueba está en que dos de los especializados más congestionados, el 101 Bis de Madrid y el 50 de Barcelona, mucho nos tememos que tienen aún larga vida por delante, a la vista de las causas que tienen acumuladas y que día a día siguen entrando”.

 

Hay que dar más medios a los tribunales españoles

“Más que cierre, lo que demandamos es proveer de más medios a nuestros tribunales y, sobre todo, articular medidas realmente eficaces para que las entidades paguen el perjuicio económico a los clientes sin pasar por tribunales. Está demostrado que los consumidores llevan la razón en el 90% de los casos”, agrega.

Desde su Asociación llevan mucho tiempo denunciando esta situación. “Los juzgados especializados lejos de haber representado una solución para los problemas que dejó tras de sí la crisis financiera, en forma de cláusulas abusivas, fueron un mero parche”. En concreto, si a aquellos órganos judiciales no se les dota de los medios humanos y materiales suficientes, los mismos “se convierten en un embudo para el afectado”, confiesa.

 

Alargar tanto estos trámites cuestan dinero al contribuyente

“No podemos consentir que los pleitos se alarguen tanto porque nos cuesta dinero a los afectados y, en última instancia, a todos nosotros, como contribuyentes. Esta dilación indebida actúa además como un rescate encubierto para las entidades, dado que el pago del perjuicio económico que tienen que sufragar se dilata en el tiempo”, concluye Suárez Ramírez.

Fuente: economistjurist.es

Foto: diariodecadiz.es

 

Si esta información te ha resultado útil, te sugerimos que sigas navegando por los siguientes enlaces:

Devolver gastos hipotecarios “a todas las personas consumidoras clientes”

¿Cómo reclamar con éxito la devolución del impuesto de plusvalía?

Un Juez dicta tres nuevas sentencias anulando la cláusula IRPH

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Solicita información
Y le contactaremos en menos de 24h laborables
Abrir chat
Hola 👋
¿En qué podemos ayudarte?