La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal que permite cancelar deudas a personas físicas y autónomos en España. Para acogerse a esta ley es necesario cumplir ciertos requisitos y pasar por un proceso de negociación con los acreedores.
La Ley de Segunda Oportunidad surge como una vía para que particulares y autónomos que atraviesan una situación de gran endeudamiento, tengan alternativas reales para negociar sus deudas, cancelarlas y recuperar un mínimo de estabilidad económica que les permita empezar de 0.
1. ¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad en España es un mecanismo legal que permite a personas físicas y autónomos cancelar y exonerar sus deudas, otorgándoles la posibilidad de comenzar de nuevo en el ámbito económico. Esta ley, regulada por la Ley 25/2015 y el Real Decreto Legislativo 1/2020, habiendo sido reformada por la Ley 16/2022 de 5 de septiembre, Ley Concursal.
2. Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
Antes de entrar a analizar los requisitos, es importante tener en cuenta lo siguiente:
1.- Ser autónomo o particular:
Si quieres tener una Segunda Oportunidad y acceder a la exoneración legal de las cantidades debidas a los acreedores (cancelación de tu deuda), uno de los requisitos es que la figura del deudor ostente la condición de persona física
2.- Tener más de un acreedor:
Para beneficiarse de la Ley de Segunda Oportunidad es necesario tener al menos dos acreedores
3.-Justificar la insolvencia actual o inminente:
- Insolvencia actual: De acuerdo con el artículo 2.2. del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC) incurrirá en situación de insolvencia actual aquella persona que no pueda cumplir regularmente sus obligaciones exigibles.
- Insolvencia inminente: El artículo 2.3 del mismo texto legal contempla la posibilidad de la insolvencia inminente, es decir, cuando el deudor prevea que no podrá cumplir regularmente sus obligaciones.
4. Ser deudor de buena fe:
- No haber sido condenado en sentencia firme durante los diez años anteriores a penas privativas de libertad por ciertos delitos (por ejemplo, contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social).
- No haber recibido ciertas sanciones administrativas, entre otros supuestos, en los últimos diez años anteriores.
- No haber sido declarado culpable en el concurso de acreedores.
- No haber sido declarado persona afectada en la calificación del concurso de un tercero como culpable en los diez años anteriores, salvo que se haya satisfecho íntegramente la responsabilidad en la solicitud de exoneración.
- No haber incumplido los deberes de colaboración y de información respecto del juez del concurso y de la administración concursal.
- No haber proporcionado información falsa o engañosa o haberse comportado de forma temeraria o negligente al contraer endeudamiento o evacuar sus obligaciones, aunque no haya sentencia de calificación del concurso como culpable.
- Será requisito necesario que el deudor no haya llevado a cabo intencionadamente ninguna acción que haya agravado la situación de insolvencia en la que se encuentra.
- Se exige que el deudor haya satisfecho la totalidad de créditos contra la masa.
- No haberse acogido a este procedimiento en los últimos cinco años con liquidación de la masa activa, o en los últimos dos años mediante plan de pagos:
- Personas que ya han llegado a una exoneración mediante un plan de pagos. Tendrán que haber transcurrido al menos 2 años desde la exoneración definitiva.
- Tras una exoneración con liquidación de la masa activa deberán transcurrir al menos cinco años desde la resolución que hubiera concedido la exoneración.
5.- Colaborar con el juzgado.
3. Proceso para la cancelación de deudas
El proceso de la Ley de Segunda Oportunidad se divide en dos pasos principales.
- En primer lugar, se lleva a cabo la negociación de nuevas condiciones con los acreedores. Esto implica realizar propuestas de pago y acuerdos para intentar llegar a una cancelación de deudas.
- En última instancia, si no se alcanza un acuerdo con los acreedores, se solicita la exoneración de las deudas mediante un acuerdo extrajudicial.
Es importante señalar que el proceso requiere la presentación de una serie de documentos y pruebas que respalden la situación de insolvencia y demuestren la buena fe del deudor. Este proceso puede ser complejo y es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado en este tipo de casos.
4. Ventajas de la Ley de Segunda Oportunidad
Beneficios para el deudor
La Ley de Segunda Oportunidad brinda diversos beneficios para aquellos que se acogen a ella:
- Cancelación del 100% de la deuda exonerable: Uno de los principales beneficios es la posibilidad de cancelar y exonerar las deudas, otorgándoles un nuevo inicio económico. Esto permite a las personas físicas y autónomos liberarse de la carga financiera que los oprimía y recuperar la estabilidad. Además, durante el proceso, se suspenden los pagos de deudas y cuotas mensuales, así como los intereses y recargos asociados. Esto alivia la presión económica y brinda un respiro financiero.
- Otro beneficio significativo es la paralización de embargos y ejecuciones. Esto implica que los deudores estarán protegidos contra acciones legales y medidas de embargo durante el procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad. Asimismo, una vez concluido el proceso, el deudor será eliminado de los ficheros de morosidad, lo que les permitirá acceder a nuevas oportunidades financieras y recuperar su reputación crediticia.
- Cancelación del resto de la deuda hipotecaria pendiente de pago una vez liquidado el inmueble hipotecado.
- Cancelación de los créditos de naturaleza pública, como las deudas adquiridas con Hacienda y la Seguridad Social hasta el límite establecido en la ley.
- La resolución judicial que declare la exoneración incluirá un mandamiento a los acreedores afectados para que comuniquen la exoneración a los ficheros de morosos a los que hubiesen informado previamente del impago o la mora, para la actualización de sus registros.
- Posibilidad de alcanzar un plan de pagos sin previa liquidación de bienes y derechos.
- El deudor puede continuar con su actividad laboral y/o profesional.
- Suspensión de los procedimientos ejecutorios.
- Se podrá solicitar la resolución de contratos con los acreedores, aunque no exista causa de resolución.
Consideraciones antes de acogerse a esta ley
A pesar de las ventajas mencionadas, es importante tener en cuenta algunas consideraciones antes de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. En primer lugar, es esencial cumplir con los requisitos establecidos para acceder a esta ley, como demostrar insolvencia actual o inminente, no tener antecedentes penales por delitos económicos, ser deudor de buena fe, entre otros.
Además, es fundamental evaluar las implicaciones a largo plazo de acogerse a esta ley. Si bien se pueden cancelar y exonerar las deudas, no todas las deudas se eliminan por completo. Algunas deudas deberán incorporarse a un plan de pagos, lo que implica la responsabilidad de cumplir con los compromisos financieros adquiridos en el futuro. Por tanto, es esencial analizar la capacidad de cumplir con estos pagos y asegurarse de que esta sea una solución viable y sostenible en el tiempo.
También es importante tener en cuenta que todo el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad requiere de un proceso legal y la colaboración con los juzgados, lo cual puede implicar costes y tiempo. Es fundamental contar con el asesoramiento adecuado y comprender completamente los pasos y requisitos necesarios para garantizar un proceso exitoso y evitar posibles obstáculos.
5. Suspensión de costes asociados a la deuda
1.-Suspensión del pago de deudas y cuotas mensuales
Una vez iniciado el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad, se produce la suspensión del pago de las deudas y cuotas mensuales. Esto significa que durante este periodo no será necesario realizar los pagos correspondientes a las deudas contraídas, lo que alivia la carga económica del deudor.
2.-Paralización de intereses, recargos, embargos y ejecuciones
Además de la suspensión de pagos, la Ley de Segunda Oportunidad también paraliza los intereses, recargos, embargos y ejecuciones que puedan haberse generado debido a las deudas impagas. Esto brinda un respiro al deudor, evitando que su situación empeore aún más.
En este sentido, los intereses y recargos de la deuda quedarán suspendidos durante el proceso de la ley. Asimismo, los embargos y ejecuciones por parte de los acreedores también se detendrán, proporcionando al deudor un alivio temporal y la posibilidad de reorganizarse financieramente.
Es importante destacar que esta paralización de intereses, recargos, embargos y ejecuciones está sujeta al cumplimiento adecuado del procedimiento establecido por la Ley de Segunda Oportunidad.
Una vez concluido el procedimiento y obtenida la exoneración de las deudas, el deudor quedará liberado de cualquier obligación financiera y saldrá de los ficheros de morosidad, lo que permitirá que pueda comenzar de nuevo en el ámbito económico sin la carga de deudas previas.
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Miguel López
Abogado