¡Más subvenciones para la contratación de jóvenes trabajadores!

El objetivo de estas subvenciones es favorecer el acceso al mercado laboral con un primer empleo de calidad a personas jóvenes.

¿Cómo conseguir las nuevas subvenciones a la contratación de personas jóvenes y fomento de la cualificación profesional en Castilla-la Mancha?

 

Objetivo: favorecer el acceso al mercado laboral con un primer empleo de calidad a personas jóvenes, fomentando la cualificación profesional.

 

 

Se crean cuatro líneas de subvenciones

 

  • Línea 1: ayudas a la formalización de contratos de formación en alternancia, para favorecer la inserción de jóvenes proporcionándoles una cualificación profesional.

 

  • Línea 2: ayudas a la formalización de contratos de formación para la obtención de la práctica profesional, favoreciendo la obtención de una práctica profesional adecuada a sus estudios.

 

  • Línea 3: ayudas para la formalización de contratos de relevo, cuyo objetivo sea favorecer el relevo generacional.

 

  • Línea 4: ayuda para la transformación en contratos indefinidos de los contratos de formación en alternancia, contratos de formación para la obtención de la práctica profesional y contratos de relevo. También se podrá solicitar si los contratos formativos o de relevo mencionados finalizaron en los últimos 6 meses y se procede actualmente con la contratación indefinida.

 

 

 

Beneficiarios de las subvenciones

las empresas físicas o jurídicas, sociedades laborales o cooperativas, comunidades de bienes, sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro.

 

 

Requisitos de las empresas beneficiarias de las subvenciones

 

  • Centro de trabajo ubicado en Castilla La Mancha.
  • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y en materia de Seguridad Social.
  • Disponer de un plan de prevención de Riesgos Laborales en aquellos casos en que sea obligatorio.
  • No haber sido sancionado en materia de Prevención de Riesgos laborales de manera grave o muy grave en el año anterior a la solicitud.
  • No haber sido objeto de sanción por resolución administrativa o sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales discriminatorias, salvo que se acredite haber cumplido con la sanción o adoptada las medidas indicadas para eliminar dicha discriminación.
  • No haber realizado extinciones, despidos colectivos o suspensiones de contratos o reducciones de jornadas según lo establecido en el art.6.3. del Decreto de Bases Reguladoras.

 

 

Requisitos de los trabajadores

Los trabajadores deberán cumplir alguno de los siguientes supuestos:

  • Personas jóvenes mayores de 16 años y menos de 30, inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (ampliado pág.8)
  • Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.
  • Personas con discapacidad reconocía de grado igual o superior al 33%.
  • Personas en riesgo de exclusión social.

No podrá ser objeto de subvención los contratos realizados a familiares de los socios.

 

 

¿Cuál es la cuantía de las subvenciones?

Depende del contrato suscrito y de la situación personal de cada trabajador contratado, siendo la cuantía base de 5.500€, ampliables en 700€ en el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, personas con un grado de discapacidad reconocido del 33% o superior y/o personas en riesgo de exclusión social. Además, se incluyen mejores de entre el 20, 20 y 40% dependiendo de si la actividad se realiza en zonas con riesgo de despoblación.

 

 

Plazos de la solicitud de las subvenciones

  • Contratos realizados desde el 1 de octubre de 2023 al 14 de junio de 2024: podrán solicitar la subvención hasta el 15 de julio.

 

  • Contratos realizados desde el 15 de junio de 2024: podrán solicitar la subvención en un plazo de un mes desde el inicio del contrato. El último día de presentación de la solicitud será el 30 de octubre de 2024.

Acciones subvencionables: contratos realizados entre el 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2024.

 

 

¿Qué documentación se necesita para solicitar las subvenciones?

Con la solicitud de la subvención deberemos incluir la siguiente documentación:

  • Escritura pública de constitución y estatutos.
  • NIF y escritura de apoderamiento de la persona que actúa en representación.
  • Contrato que proceda en el que conste una cláusula que conste expresamente que “El presente contrato es objeto de cofinanciación por el Programa del Fondo Social Europeo Plus (FPE+`) Castilla-La Mancha 2021-2027, con un porcentaje del 85% de los costes totales subvencionables”.
  • Autorización del trabajador para comprobar sus datos personales, laborales y académicos.

Plazo de resolución: 3 meses.

Tipo de silencio: desestimatorio.

 

 

Si estáis interesados NO DUDÉIS EN CONTACTARNOS, estudiaremos vuestro caso y os daremos respuesta con la mayor brevedad posible.

 

 

Aitana Rial Miguens

Departamento Laboral

Bufete Prolegue

 

 

 

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