Modificaciones en Protección de Datos
El nuevo Reglamento General de Protección de Datos es uno de los cambios normativos más importantes llevado a cabo por la Unión Europea. Será de obligado cumplimiento a partir del 25 de mayo.
Esta nueva legislación en materia de Protección de Datos va a otorgar un mayor control a todos los ciudadanos en torno a su información privada en el espacio digital. Al mismo tiempo, también va a suponer importantes cambios para las empresas, las cuales deberían llevar años adaptando sus protocolos y estructuras. Sólo así lograrán evitar cuantiosas sanciones.
Las sanciones a las empresas
Las empresas, como es natural, están preocupadas ante la posibilidad de recibir importantes sanciones por no cumplir la nueva normativa de Protección de Datos. Y es que el nuevo sistema sancionador es más duro que otras normas, aunque por el momento no se ha especificado exactamente qué criterio se seguirá para multar.
Sí se sabe, no obstante, que a la hora de sancionar se tendrán en cuenta varios aspectos. Por ejemplo, entrará en juego la cooperación de la empresa durante la investigación, o el nivel de aplicación de las obligaciones del Reglamento General de Protección de Datos. Igualmente, se tendrá en cuenta si la empresa es proactiva en cuanto a la protección de datos personales tanto de usuarios como de clientes.
Los cambios en Protección de Datos
– Consentimiento. A partir de ahora, el consentimiento tácito dejará de tener validez. Por eso, las empresas estarán obligadas a revisar todas las cláusulas y rehacerlas, una por una. Este consentimiento, además, será revocable en todo momento. Por supuesto, será responsabilidad de las empresas que los datos se utilicen exclusivamente para el fin para el que fueron recabados.
– Los fallos deberán ser comunicados. En este caso, deberá hacerlo el responsable de tratamiento. Cada fallo habrá de ser comunicado a la Agencia Española de Protección de Datos en un plazo máximo de 72 horas. Será el experto quien deberá tener el sistema necesario para dar soporte o comunicar el fallo a los afectados, siempre y cuando hubiese algún riesgo para sus derechos.
– Delegado de protección de datos o «data protection officer». Es una nueva figura, pero esencial en este nuevo reglamento. Y es que su misión será identificar todos los posibles riesgos y buscar las soluciones necesarias para resolverlo.
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