¿Qué pasa si no presento la Declaración de la Renta?

¿Qué pasa si no presento la Declaración de la Renta?

La multa por no presentar la Declaración de la Renta

¿Qué pasa si no presento la Declaración de la Renta?

El plazo para presentar la Declaración de la Renta termina el próximo 1 de julio. Es importante saber que si no cumples con las obligaciones con Hacienda, esto se puede volver contra ti, y lo hará en forma de sanción.

La sanción oscila del 5 al 20% de lo que tendría que pagar. Por tanto, el importe de la multa por no presentar la Declaración de la Renta en tiempo y forma puede cambiar. El porcentaje variará en función de cuánto tiempo hayas sobrepasado el plazo y de cuál sea el resultado de su declaración.

Esta sanción sólo se tramitará si el contribuyente en cuestión está obligado a presentar la Declaración de la Renta. Por tanto, sólo será obligatorio si se ingresan más de 22 000 euros anuales, o 12 000 con más de un pagador. Si no se cumplen estos límites, Hacienda no impondrá ningún castigo.

5% de sanción

El 5% del total a pagar es el mínimo que nos pueden imponer como sanción si no presentamos la Declaración de la Renta. Será en el caso de que el contribuyente la presente hasta 3 meses después de la fecha límite de presentación. Este porcentaje se duplicará si el retraso comprende entre los tres y seis meses siguientes. Llegará hasta el 15% si presentamos la declaración con un retraso de seis a doce meses.

En el caso de que tardemos más de un año en presentarla, esta sanción llegará hasta el 20% del total a pagar. A esta cantidad habrá que sumarle los intereses de demora, que variarán en función de cuánto tiempo pase después del primer año.

¿Y si es Hacienda quien reclama?

Todos los casos que exponíamos previamente pasaban porque fuese el mismo contribuyente el que presentara la Declaración de la Renta por su propia voluntad. Pero si fuese Hacienda quien lo reclama, el proceso contará con un cargo extra. Este oscilará entre el 50 y el 150%. La infracción será considerada leve siempre que que la base de la sanción sea inferior o igual a 3.000 euros, lo que derivará en una multa proporcional del 50%.

La infracción pasará a ser grave cuando la base de la sanción supere los 3.000 euros y, además, exista ocultación, por lo que el castigo consistirá en una multa del 50 al 100%.

Por último, el uso de medios fraudulentos será considerado como infracción muy grave y la sanción será una multa proporcional del 100 al 150% .

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