Se amplía el permiso retribuido recuperable

Se amplía el permiso retribuido recuperable

Hasta 30 días después del fin del estado de alarma

Se amplía el permiso retribuido recuperable
Continúan las medidas mediante Real Decreto para paliar la crisis provocada por el COVID-19. Una de las medidas más polémicas ha sido el permiso retribuido recuperable.

Entre las primeras medidas que anunció el Gobierno para tratar de frenar las tasas de desempleo estaba la del permiso retribuido recuperable. Si bien en un primer momento se planteó esta opción hasta el 9 de abril, los plazos han cambiado.

Así, aquellas empresas que deseen acogerse a esta nueva modalidad podrán hacerlo hasta 30 días después de que finalice el estado de alarma.

Se ha publicado en el BOE

Esta nueva medida ya se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado. En esta publicación, el Ejecutivo amplía, para los trabajadores que ya no puedan ir a su trabajo, un permiso retribuido recuperable que en principio estaba en vigor hasta el 9 de abril.

El permiso retribuido recuperable entraba en vigor el pasado 30 de marzo. No son unas vacaciones pagadas, como se podría pensar, sino que los trabajadores, una vez vuelvan al trabajo, tendrán que recuperar las horas no trabajadas.

Las empresas que deban aplicar el permiso retribuido recuperable podrán establecer el número mínimo de plantilla o los turnos de trabajo estrictamente imprescindibles para mantener la actividad indispensable.

Control metrológico del estado

En la misma publicación se aprueba también la ampliación del plazo de validez de los certificados expedidos para efectuar el control metrológico del Estado que finalicen durante el estado de alarma. Ahora, tanto el certificado como sus sucesivas prórrogas serán válidos hasta 30 días después de finalizado el estado de alarma.

El control metrológico del Estado afecta a equipos o sistemas de medida que puedan tener influencia sobre la transparencia de transacciones comerciales, la salud o la seguridad de consumidores y usuarios o el medio ambiente.

Esto incluye contadores de gas, agua o electricidad, talleres mecánicos e instalaciones y establecimientos industriales y mineros,entre otros.

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